Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
1. Las Administraciones públicas aragonesas publicarán:
a) Las subvenciones, avales y ayudas públicas concedidas, con indicación de su importe, objetivo o finalidad, beneficiarios y forma de concesión, que constarán en una base de datos libremente accesible, y en la que también figurarán, en caso de concesión directa, los motivos que la hayan justificado. Se dará publicidad igualmente al procedimiento de gestión y justificación de la subvención, al menos en cuanto a plazo de ejecución, pagos anticipados o a cuenta, importe justificado, cuantías pagadas, resoluciones de reintegro y sanciones impuestas.
b) Los programas anuales y plurianuales de ayudas y subvenciones públicas, donde constarán las bases reguladoras y los plazos de presentación, así como las dotaciones presupuestarias previstas.
c) Datos estadísticos sobre el importe global y el porcentaje en volumen presupuestario de las subvenciones concedidas de forma directa y de las concedidas previa convocatoria pública.
2. Las entidades incluidas en el artículo 4 que no tengan la consideración de Administración pública deberán publicar toda la información que corresponda a las ayudas y subvenciones que hayan percibido cuando el órgano concedente sea una Administración pública, con indicación del concedente, objetivo o finalidad para la que se concede, plazo para lograrlo, importe concedido y porcentaje que la subvención concedida supone sobre el coste total de la obra o servicio subvencionado, e indicación de si es compatible o no con otras ayudas o subvenciones y de si se han obtenido otras ayudas o subvenciones para ese mismo objetivo o finalidad.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
En el Título I, relativo a la Transparencia de la actividad pública, se establecen las obligaciones que en él se fijan para las Administraciones Públicas y que son efectivas para la Administración General del Estado desde la primera fecha indicada, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. El Ayuntamiento de Casbas de Huesca ha dispuesto comenzar desde ahora, a través de una pestaña específica de transparencia de la WEB municipal, a dar publicidad a algunos elementos del contenido a que se refiere el Título I de la mencionada ley. De modo paulatino se irán introduciendo en la citada pestaña otros elementos del contenido indicado: contratos y convenios suscritos por el Ayuntamiento, subvenciones y ayudas públicas concedidas por él, etc.
¿Necesitas alguna aclaración con algún dato publicado?