Todas las personas, tanto a título individual y en su propio nombre, como en nombre y representación de las personas jurídicas legalmente constituidas, tienen derecho a acceder, mediante solicitud previa, a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105 b) de la Constitución Española, en la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, y en la Ley de Cortes de Aragón 8/2015, de 25 de marzo.
En el caso de este Ayuntamiento, cualquier persona mayor de 14 años podrá solicitar verbalmente o por escrito, sin necesidad de motivar su solicitud, el acceso a los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del Ayuntamiento y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
El derecho de acceso se ejercerá conforme al procedimiento definido en las citadas Leyes 19/2013 y 8/2015, sin más limitaciones que las establecidas en dichas Leyes y las que se derivan de la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal. Todo ello, sin perjuicio de lo que puedan establecer otras normas sectoriales.
La solicitud se presentará en el Registro General del Ayuntamiento, en tanto se habilitan otros canales de comunicación, conforme al formulario adjunto.
La resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse al solicitante, así como a los terceros afectados que así lo hayan pedido, en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud de información por el órgano competente para resolver. Este plazo podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante.
Cumplimente el siguiente formulario y envíelo para hacer uso del derecho de acceso a la información pública. Descargar documento pdf